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Fraude en el SNAC: Las 11 causales de nulidad que invalidan la gestión de Araiza

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En abril de 2025, el Sindicato Nacional Alimenticio y del Comercio (SNAC) llevó a cabo un proceso de elección interna que pretendía legitimar la permanencia de Alejandro Martínez Araiza en la secretaría general. No obstante, lejos de ser un ejercicio democrático, el proceso estuvo plagado de irregularidades jurídicas tan graves que hoy enfrenta una impugnación formal ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) bajo el expediente 10/02788. Especialistas y trabajadores disidentes señalan un total de 11 causales de nulidad que invalidan de origen esta reelección.

Entre las principales irregularidades documentadas destaca la alteración sistemática del padrón electoral y la imposición de una planilla única controlada de forma directa por Martínez Araiza. De acuerdo con las denuncias de la Coalición de Trabajadores del SNAC, se bloqueó activamente la participación de la disidencia y se excluyeron centros de trabajo enteros de la distribución de alimentos. El resultado fue devastador para la representatividad gremial: se calcula que hasta un 89% de los trabajadores con derecho a voto fueron excluidos del padrón o se les impidió de manera efectiva emitir su sufragio libre.

A este preocupante escenario se añaden la modificación arbitraria de las fechas de la convocatoria y la falta de supervisión por parte de inspectores federales durante la jornada de votación. Estas prácticas no solo violentaron los estatutos internos del SNAC, sino que representan una violación directa a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 1, 16 y 123. Asimismo, vulneran de forma explícita los artículos 358, 371 y 371 Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los cuales mandatan las garantías para el voto libre, secreto, directo y personal, así como los convenios internacionales 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Mantener un liderazgo impuesto bajo un proceso viciado de origen tiene severas consecuencias. Para las multinacionales estadounidenses del sector de alimentos que dependen de la fuerza laboral de distribución del SNAC, negociar contratos colectivos con un comité espurio constituye un enorme pasivo legal. Bajo las estrictas normas de cumplimiento corporativo y el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del T-MEC, estas faltas a la democracia sindical pueden traducirse en quejas comerciales e imposición de aranceles. La anulación de la toma de nota de Martínez Araiza ante el CFCRL no es solo una demanda de justicia laboral interna; es una medida urgente de seguridad comercial para salvaguardar la distribución de alimentos en el país y blindar las exportaciones mexicanas de cara a la revisión del tratado en 2026.

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